Autor: Lic Rafael Giménez Camacho
Frecuentemente los clientes preguntan antes de solicitar una marca si iniciando el proceso de solicitud pueden hacer uso de la misma, por ejemplo una tienda de ropa que va a producir miles de unidades con una marca no solo va a fabricar los productos con su marca en la etiqueta, sino que también van a invertir en comerciales de televisión con la marca, es viable usar la marca que no se encuentra aún registrada?
La respuesta encuentra su complejidad en el riesgo, lo recomendable como en todos los casos en que se va a solicitar el registro de una marca es hacer una evaluación de viabilidad legal tomando como base de referencia las fracciones del Artículo 90 de la LPI el cual establece las causales por las cuales la autoridad puede negar el registro de una marca por “impedimento legal”, posteriormente se debe efectuar la búsqueda fonética en la base de datos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, verificando no solo la similitud que pudiera tener la marca en su fonética, sino también las similitudes visuales, gramaticales e ideológicas, de ello dependerá la posibilidad de obtener el registro, sin embargo aún así no es garantía de poder obtener el registro, los criterios de los examinadores son tan variados que aún en casos que nos pudieran resultar claros la autoridad podrá negar su registro mediante un oficio y el solicitante podrá responder dicho oficio manifestando lo que a su derecho convenga pues en ese momento del proceso el solicitante a través de su representante legal manifestará las consideraciones por las cuales debe ser considerada como una marca distinta.
En ocasiones los solicitantes no solo quieren hacer uso de la marca, sino también en varios casos licenciarla a un tercero, la Ley en su artículo 137 de la LPI admite la posibilidad de licenciar una marca que se encuentra en proceso y hasta solicitar el registro del Contrato de Licencia de Uso de Marca, sin embargo en caso de que no se consiguiere el registro de la marca el Licenciante tendrá el problema debiendo responder al Licenciatario por los daños, perjuicios y en su caso penas convencionales que le hubiese causado por no haber obtenido el registro de la marca, dicho Contrato sería sancionado con Nulidad Absoluta, toda vez que existe un impedimento legal para obtener el registro.
La respuesta es que depende de los resultados de la búsqueda de marcas idénticas o posibles confusiones, pero al final no puede haber una certeza de que se pueda obtener la marca, ya que los registros que aparecen en pantalla en cualquier momento pueden variar y aún así siempre queda a consideración del examinador el otorgamiento de su registro.
Fundamentos Legales: Arts. 90 y 137 de la Ley de Propiedad Industrial.
Hola, yo tengo una pregunta, que pasa si alguien lanza al mercado un producto sin una marca registrada?, si llega a tener similitudes fonéticas o en su defecto en cuestión de diseño, el afectado puede demandar?, o específicamente la camara de comercio, etc. puede aplicar alguna sanción por no haber registrado la marca?
Hola Alfredo, Lo que sucede si lanzan el producto sin que la marca se haya registrado previamente es lo siguiente: 1) Se arriesgan a perder su inversión en el producto y en la publicidad; y 2) Probablemente sean demandados por los titulares de una marca idéntica o semejante. El registro de una marca no es obligatorio, de hecho el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial no puede demandarlo sin el aviso del interesado, pero es un riesgo muy alto.
Hola, tengo un par de preguntas, me interesa registrar un nombre propio con fines de publicidad politica ¿Que necesito?, y la otra seria de igual forma quiero registrar una letra con cierta forma y colores establecidos para utilizarla en publicidad (estampas, payeras, etc.) ¿Se puede hacer esto?
Hola Alejandro,
Te informo que si es posible registrar nombres con el consentimiento de los interesados, he de decirte que no es común por ejemplo los nombres de expresidentes no están registrados como marcas, porque la Ley Federal del Derecho de Autor les otorga una protección a sus personas por ser personajes famosos, por ejemplo las mascaras que ves en las calles de Vicente Fox o Carlos Salinas infrinjen lo establecido por la Ley Federal del Derecho de Autor, pero si tuvieras alguna razón por la cual lo quisieras registrar si es posible.
En relación a las letras aisladas si es posible registrarlas si cuentan como nos dices con cierta forma y colores. Lo anterior con fundamento en la fracción V del artículo 90 de la Ley de la Propiedad Industrial.
cuanto tarda en salir la patente de un invento ?
mi pregunta es en referencia a que si hasta que tenga la patente de producto puedo a empezar a comercializarlo y asi evito que copien la idea ?
Hola Laura,
En relación a tu pregunta, no es requisito que registres la patente antes de comercializarlo, sin embargo es muy importante que tomes nota de que si ese producto que quieres comercializar crees que pudiera ya estar patentada entonces obviamente no es recomendable hasta que te cerciores de que no esta registrada, te recomiendo que te quites problemas y procedas por lo menos a revisar si esta libre ese registro. De cualquier manera es importante también que sepas que la Ley de la Propiedad Industrial protege al inventor, no al que la registra, pero respetando los tiempos que marca la misma Ley y claro su registro te da una presunción de ser la titular.
Saludos
RGC
Hola Laura,
Una patente tarda aproximadamente entre uno y dos años, el aviso de que la patente esta en proceso de registro hace que los demás comerciantes piensen dos veces antes de copiar tu producto, porque si te otorgan el registro tienes la facultad de poder demandarlos por el tiempo que duró el registro de la patente.
Saludos
RGC
la pregunta es la sgte, existe una herramienta muy util en mi profesion que no es muy conocida, la vende su inventor en USA y tiene patente allá, yo se la compre y la uso, muchos de mis colegas les gustaria tenerla pero para eso hay que comprarla en USA. Si yo la copio y la comercializo en chile ¿ cometo algo ilegal ? o si la copio y la patento en chile ¿ es eso legal ?. sabiendo que es algo inventado y producido por otro en USA. Saludos
Hola Marcelo, en relación a tu pregunta existen diversos tratados internacionales que protegen a las patentes que se registran en países que lo han firmado, desconozco si Chile los ha firmado, eso lo puedes revisar con un abogado de tu localidad, pero será muy probable que si sea parte de algún tratado que prevenga estos casos, lo que te recomiendo es que contactes al inventor y le propongas que te otorgue la licencia para poder comercializar y/o fabricar los productos en tu país. Saludos.
Hola hace unos 5 meses registre una marca y al momento de ir al impi (puebla) me recomendaban que cambiara completamente el nombre que yo proponia porque quiza no la aceptarian, inclusive ellos se veian dudosos , la registre como considere y me la aceptaron pero entendi que era muy subejtivo y no habia lineamientos concretos de como es aceptable una marca y como no lo es.Posteriormente tuve que registrar otra marca y utilize la misma tecnica para sacarla, es decir agregue un adjetivo al inicio que separara cualquier similitud lo suficiente y tambien especifique mucho el servicio que se ofrece sin embargo me marcaron una anterioridad, q puedo hacer,? ya se tiene toda la publicidad , anuncios, uniformes, con ese nombre, la anterioridad que me marca es de aqui de puebla y me parece que el lugr que tiene esa marca ya no existe, puedo llegar a un acuerdo con los que poseen esa marca?, por favor necesito ayuda con esto. gracias de antemano
Hola Ana Luisa, en relación a tu pregunta, existe una diferencia entre obtener el registro de una marca y registrar bien una marca, si existen criterios para saber si una marca es registrable o no, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que primero el examinador debe atender el examen de forma y posteriormente en el examen de fondo debe verificar si hay algún impedimento legal de acuerdo con la Ley de la Propiedad Industrial y posteriormente verificar las confusiones por similitud que se puedan presentar. Las confusiones por similitud el criterio es verificar primero la semejanza de conformidad con la visibilidad, gramática, aspecto cultural y fonética. Comunícate a los teléfonos de la oficina para poder verificar tu expediente. Saludos
Tengo una marca que es registrada, Ahora encuentro que la marca esta sindo utilizada en otra provincia y tiene relacion con el rubro con la diferencia de que ellos son minoristas y yo mayorista.
Puedo exigirles que retiren su marca??? puedo cobrar por el derecho???
Muchas gracias
Andrea
ANDREA.
REALMENTE VERIFICA SI REALMENTE TE HA AFECTADO A TI, EL HECHO DE QUE ELLOS ESTEN EN OTRO ESTADO CON UN MISMO NOMBRE. YO LA VERDAD NO CREO. PERO SI LO HACES VAS A AFECTAR A GENTE Q SE ESTA GANANDO DINERO HONRADAMENTE SIN ROBARLE A NADIE…..YA QUE SOLO ESTAN DANDO UN SERVICIO PARA GANAR EL PAN DE CADA DIA…. MEJOR HABLA CON ELLOS……Y SOLICITA QUE CAMBIEN EL NOMBRE DE SU NEGOCIO